La prenda sin desplazamiento de valores desmaterializados o emitidos sin impresión física del título que los evidencie
Palabras clave:
Prenda sin desplazamiento, Valores desmaterializados, Prenda de valores desmaterializados.Resumen
La nueva “Ley de prenda sin desplazamiento”, contenida en el artículo 14 de
la Ley Nº 20.190, autoriza la pignoración de “valores emitidos sin impresión física del
título que los evidencie”, que en otro lenguaje se llaman “valores desmaterializados”. El
artículo indaga los principales extremos del concepto de tales valores y expone el régimen
de su pignoración, que no solo deriva del artículo 8 de la nueva “Ley de prenda sin
desplazamiento”, pues también lo conciernen ciertas disposiciones de la Ley Nº 18.876,
de 1989, sobre sociedades de depósito de valores y aun de otros cuerpos legales.
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