Responsabilidad civil en la construcción de viviendas reflexiones sobre los regímenes legales aplicables a los daños provocados por el terremoto del 27 de febrero de 2010
Palabras clave:
responsabilidad civil, construcción, terremoto, caso fortuito, prescripción.Resumen
Tras el terremoto ocurrido en Chile el 27 de febrero de 2010, se ha suscitado
una aguda controversia sobre si las empresas constructoras o inmobiliarias deben respon-
der civilmente por los daños causados en las viviendas. El trabajo expone que frente a este
problema no existe un único régimen legal, sino una diversidad de estatutos que conviven
y que pueden ser utilizados por los afectados. Dos de ellos son de responsabilidad sin
culpa, uno está en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y otro en los artículos.
2003, 2004 y 2324 del Código Civil. A estos, debe agregarse el estatuto general de la
responsabilidad por culpa contenido en el mismo Código. Se analizan los requisitos de
estos estatutos, así como la posibilidad del afectado de optar por cualquiera de ellos. Se
reflexiona sobre las defensas posibles de los demandados, en particular el caso fortuito, el
cumplimiento de normas y la prescripción extintiva.
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