Sentido y alcance de la definición de matrimonio del artículo 102 del Código Civil, después de la introducción del divorcio vincular por la ley 19.947, de 2004
Palabras clave:
Matrimonio, Divorcio, indisolubilidad, antinomia, derogación.Resumen
La Ley 19.947 introdujo por primera vez en Chile el divorcio como forma de
terminación del matrimonio. Pese a ello la ley no modificó el art. 102 del Código Civil
que define el matrimonio como un contrato por el cual los cónyuges se unen indisoluble-
mente y por toda la vida. El trabajo explora alternativas para solucionar esta eventual
antinomia o contradicción de reglas. Se argumenta que no es satisfactoria la alternativa de
considerar derogada tácitamente la regla del art. 102 del Código Civil ni tampoco la idea
de reinterpretar la voz indisolubilidad como imposibilidad de los cónyuges de disolver por
sí mismos el vínculo matrimonial. Se sugiere una fórmula de armonización que consiste
en sostener la vigencia simultánea, aunque con ámbitos de aplicación diferentes, de dos
conceptos de matrimonio en la actual legislación chilena.
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