Criterios para la calificación de normas orgánico constitucionales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
Palabras clave:
Tribunal Constitucional, Derecho constitucional, leyes orgánicas constitucionalesResumen
Las leyes orgánicas constitucionales –concebidas como cuerpos cerrados que
contendrían únicamente normas de ese rango– fueron, desde los orígenes, “desmembrán-
dose”. En otras palabras, la práctica del legislador y del Tribunal Constitucional admitió
que leyes de rango común contuvieran disposiciones de rango orgánico constitucional y
viceversa. Ello porque ciertos artículos o incisos trataban materias incluidas dentro del
marco teórico de la ley orgánica constitucional. En la definición de este marco –tarea que
continúa hasta hoy– tanto el Tribunal Constitucional como el Congreso Nacional han
elaborado una verdadera jurisprudencia de interesantes perspectivas.
Los autores analizan el proceso de desmembramiento de las leyes orgánicas constituciona-
les y la actual situación de las mismas en los trámites legislativos. Además, sistematizan
una serie de criterios elaborados por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la
tarea de calificación de las normas de este rango, con miras a facilitar y objetivar la tarea
interpretativa del Tribunal Constitucional, del Congreso Nacional y de la doctrina.
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